En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con LUGAR la reclamación por Prestaciones Sociales, interpuesta por el ciudadano: EDUARDO RAFAEL RUIZ BLANCO contra BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., todos arriba identificados.
SEGUNDO: Se condena a BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., a pagar la cantidad de DOCIENTOS VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS TREITA Y DOS BOLIVARES FUERTES CON OCHETA Y DOS CENTIMOS (Bs. 222.432,82), por los conceptos y montos arriba especificados.
TERCERO: Se condena el pago de las cantidades que resulten de la experticia complementaria del fallo, tal como quedó expuesto en la motiva.