el Juez en uso de las atribuciones legales y de conformidad con lo previsto en el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Homologa el acuerdo alcanzado por las partes, dándole el carácter de cosa juzgada, se ordenará el cierre y archivo del asunto y su remisión a la Coordinadora Judicial. Por ultimo, se acuerda la expedición de copias certificadas solicitadas por las partes y la devolución de las pruebas consignadas. Es todo.
La Juez, La Secretaria,
Abg. ANTONIO MARIA HERRERA MORA Abg. CLAUDIA AGUILLON,
PARTE ACTORA, APODERADA DE LA PARTE ACTORA,
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA,