DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente CON LUGAR la reclamación por Prestaciones sociales y otros conceptos, interpuesta por el demandante, contra la parte Demandada, todos arriba identificados.
SEGUNDO: Se condena a la demandada, a pagar la cantidad de Dieciséis Mil Seiscientos Dos Bolívares Con Veintisiete Céntimos (Bs. 16.602,27).
TERCERO: No hay condenatoria en costa por la naturaleza del fallo.
CUARTO: Se condena a la parte demandada al pago de las resultas que arroje la experticia complementaria del fallo.