Por todas las razones anteriores, no existen elementos suficientes que ponga en duda los motivos que imperó para que éste Tribunal declarar procedente la medida cautelar; por lo cual resulta forzoso para este sentenciador declarar SIN LUGAR la oposición planteada contra la medida cautelar decretada por este Tribunal en fecha 15 de Noviembre de 2019, respecto a la Providencia Administrativa Nº 074-2019 de fecha 10 de abril de 2019, dictada por la Inspectoría del Trabajo, en consecuencia, se ratifica la referida medida cautelar. ASÍ SE ESTABLECE.-