DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ELICEO DE JESUS OLIVAR DELGADO, titular de la cedula de identidad No. V- 14.888.284, en contra de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA DE GASES Y MATERIALES PORTUGUESA (DIGASMAPOR, C.A), inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, inserto bajo el Nº 31, tomo 38-A, de fecha 16-12-2010, en consecuencia, se condena a esta ultima pagar al ciudadano Eliseo Olivar la cantidad de CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUATRO BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (BS. 59.804,80), por diferencia de prestaciones sociales e interese.....