DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ALI ANTONIO CHIRINOS REYES, titular de la cedula de identidad N° V- 8.658.356, en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES COIMPRO, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del estado Portuguesa, en fecha 01 de marzo de 2000, anotada bajo el Nº 10, tomo 3-A. En consecuencia, se condena a la demandada al pago de los siguientes conceptos laborales:
PRIMERO: Se condena a pagar al ciudadano ALI CHIRINOS, por parte de la demandada por concepto de diferencia de prestación de antigüedad e intereses, vacaciones y bono vacacional y de participac.....