Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ERASMO MARTINEZ, identificado con la cédula de identidad número V- 1.222.676, en contra de la sociedad mercantil AGRICOLA SAN FRANCISCO DE ASIS, C.A, inscrita por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, bajo el N° 542, folios 269 al 272, en fecha 28 de noviembre de 1988, y en consecuencia se condena a pagar a ésta última, los siguientes conceptos:
PRIMERO: Se condena a pagar a la demandada por concepto de prestación de antigüedad y sus intereses, la cantidad de DOS MIL SETECINETOS TREINTA Y TRES BOLIVARES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 2.733,32) al ciudadano Erasm.....