A tales efectos, quedó demostrado del acervo probatorio aportado por las partes que el actor prestó sus servicios desde el 02-07-1993 para la sociedad mercantil TALLER METALURGICO DE OCCIDENTE, C.A, compañía anónima de la cual los ciudadanos antes mencionados ostentaron la cualidad de socios de dicha empresa, el primero de ellos en su condición de Presidente, la segunda de ellos, en su carácter de Vicepresidente y el tercero de ellos en su carácter de Director Técnico; y que el capital social de la empresa estaba constituido por acciones que fueron suscritas por los socios de la siguiente manera: la socio Marisol Cortes de Riveiros (500) acciones cuyo valor nominal es de Bs. 500.000,00; el socio Mario Díaz Villarnovo (250) acciones que tienen un valor nominal de Bs. 250.000,00 y el socio José Manuel Riveiros (250) acciones que tienen un valor nominal de Bs. 250.000,00, para lo cual en base a las consideraciones doctrinarias explanadas en la parte motiva del fallo del cual se sol.....