VIII
DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ALEXIS ELIAS CARVAJAL, titular de la cedula de identidad N° V- 5.951.535 en contra del INSTITUTO DE DEPORTE DEL ESTADO PORTUGUESA (INDESPORT), instituto autónomo adscrito a la Gobernación del estado Portuguesa, creado mediante Decreto Ley emanado del Consejo Legislativo del estado Portuguesa, en fecha 04 de abril de 2002, Nro. 82 extraordinario. En consecuencia, se condena a pagar a la parte demandada los siguientes conceptos laborales:
PRIMERO: Se condena a pagar al ciudadano Alexis Elías Carvajal la cantidad de CATORCE MIL CIENTO CUAREN.....