Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano PEDRO MARRERO, titular de la cedula de identidad N° V- 9.835.277, en contra de la sociedad mercantil VELAS Y VELONES SANTA RITA, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 03 de junio de 1.982, bajo el N° 342, tomo 173-A, folios 180 al 186.