Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por CONSORCIO OLEAGINOSO PORTUGUESA, S.A. (COPOSA) contra el acto administrativo N° 0035-2017 de fecha 24 de Febrero de 2017 emitida por la Inspectoría del Trabajo de Acarigua, estado Portuguesa.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.