En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción intentada por los ciudadanos DAVID JOSE SANCHEZ PEREZ, JUNIOR WILFREDO GUEDEZ PEREZ, ANDRES ALEXANDER GONZALEZ, JOSE ALFREDO TUA MEDINA, SERGIO JAVIER CAURO BRACAMOINTE, ASENCION ANTONIO PEREZ BARRETO, JOSE GREGORIO COLMENAREZ RODRIGUEZ y RENIS FERNANDO AZUAJE SOSA, titulares de la cedula de identidad N° V- 24.684.880, V- 20.810.754, V- 13.883.570, V- 10.639.763, V- 17.331.589, V- 10.776.970, V- 9.568.347, V- 11.547.651, V- 14.000.761, V- 20.811.584 y V- 14.426.123, en su orden, en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES COIMPRO, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del estado.....