en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley da por consumado el acto con lo que respecta al desistimiento del presente procedimiento y declara HOMOLOGADO el mismo, dándole carácter de cosa Juzgada. En consecuencia, declara terminado el proceso y ordena el cierre y archivo del expediente, así como su remisión a la Coordinadora Judicial, mediante oficio, a los fines consiguientes. Es Todo.
La Juez 2° de Juicio, La Secretaria,
Abg° Gisela Gruber Abg° Claudia Aguillón