PRIMERO: El padre entregará mediante recibo de pago los días sábados de cada semana la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,00). SEGUNDO: En el mes de diciembre el padre se compromete a adquirir vestido, calzado y presente navideño para el 24 de diciembre. La madre vestido y calzado para el 31 de diciembre. TERCERO: Por otro lado se comprometen ambos padres a cubrir los gastos de medicinas, atención médica, recreación, gastos por guardería, educación y otros, en un cincuenta por ciento (50%) cada uno de ellos. Ahora bien, como quiera que dicho convenimiento no vulnera los derechos del niño arriba identificado, en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en Funciones de Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley,.....