PRIMERO: En este acto el ciudadano: JEAN CARLOS ALVAREZ BRICEÑO, ofrece por concepto de Obligación de Manutención, la suma de TRES MIL BOLIVARES (Bs.3.000,00) mensuales, los cuales serán entregados directamente en manos de la madre de los niños, y ella a su vez se compromete a firmarle recibo de pago. SEGUNDO: En relación al mes de Agosto, el padre se compromete a costear los gastos de uniformes escolares (vestido y calzados) y la madre los útiles escolares, y en el mes de Diciembre, el padre se compromete a costear los gastos de estrenos para el día 24 (vestido y calzados) y la madre para el día 31. TERCERO: Respecto al médico, medicinas, vestuario, calzado, recreación y otros que requieran los niños, los mismos serán cubiertos por ambos padres en proporción del 50% cada uno. CUARTO: Ambas partes se comprometen a dar cumplimiento a la Obligación de Manutención establecido por el presente escrito y a mantener una conducta de respeto y consideración entre ambos lo cual redundará en be.....