DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de acción Mero Declarativa de Concubinato interpuesta por la ciudadana NILDA ZULEIKA ALVARADO MORALES por falta de pruebas.
SEGUNDO: CON LUGAR la tercería interpuesta por la ciudadana YSMELDA MAGUAS RODRIGUEZ por haberse demostrado que mantuvo relación concubinaria con el De Cujus WOLFGANG BRICEÑO PERDOMO desde el 29 de julio de 1990 hasta el 31 de marzo de 2012, en forma ininterrumpida, notoria, publica equiparable al matrimonio. En consecuencia la ciudadana YSMELDA MAGUAS RODRIGUEZ, es acreedora de todos los derechos inherentes al matrimonio, específicamente le corresponde el cincuenta por ciento (50%) de la comunidad con.....