DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara CON LUGAR la demanda de acción MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO interpuesta por la ciudadana MARÍA DOROTEA PÉREZ, plenamente identificada en autos, por cuanto se demostró que vivió en concubinato con el De Cujus JOSÉ MELECIO MADROÑERO CASTILLO desde el 15 de mayo de 1.969 hasta el día 29 de agosto de 2.011.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en la ciudad de Guanare, a los tres días del mes de julio del año dos mil doce. Años.....