D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara CON LUGAR la demanda de divorcio propuesta por la ciudadana MARIA LUPIS BARRIOS BRICEÑO contra el ciudadano JOSE ILDELFONSO GRATEROL RIVERO, ambos identificados en autos, fundamentada en la causal tercera del artículo número 185 del Código Civil únicamente por cuanto no fue demostrada la causal. Y Así se decide.
En consecuencia se acuerda lo siguiente:
Primero: En cuanto a la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza la ejercerán conjuntamente el padre y la madre, la custodia del adolescente y la niña en cuestión seguirá siendo ejercida por la madre, se acuerda un Régimen de Convivencia Familiar amplio, el ciudadano JOSE ILDELFONSO GRATEROL RIVERO, ca.....