ASUNTO N° PP01-V- 2009-000736
Por cuanto esta juzgadora una vez revisadas las actuaciones constata que emitió pronunciamiento al fondo en la presente causa en fecha 6/6/2012, cursante a los folios 17 al 29, ambos inclusive, de la quinta pieza, dictando sentencia definitiva en el presente juicio de ACCION DE REIVINDICACION, pronunciándose y resolviéndose mediante sentencia sobre el asunto principal del pleito, subsumiéndose en la causal de inhibición tal como lo prevé el articulo 31 ordinal 5° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, aplicado supletoriamente en cumplimiento con lo ordenado en el articulo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dado que se establece como una de las causales de inhibición: "... por haber el inhibido o recusado manifestado su opinión sobre lo principal del pleito", lo que le impide conocer nuevamente la causa, razón por la cual está incursa en la mencionada causal de inhibición, tomándose en consideración .....