DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Obligación de manutención formulada por la ciudadana KLEIMAR COROMOTO VIELMA MONSALVE en nombre del niño (identificación omitida por disposición de la Ley) , contra el ciudadano LEOPOLDO JESUS INFANTE DURAN, se fija la suma de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,oo) mensuales, y en el mes de diciembre la cantidad de UN MIL TRECIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.300,oo), además del cincuenta por ciento (50%) del valor de los gastos de medicinas, médico, vestidos, recreación y otros que requiera el niño. El dinero por estos conceptos deberán ser entregados por mensualidades adelantadas, directamente a la madre ciudadana KLEIMAR COROMOTO VIELMA MONSALVE.....