D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara:
Primero: CON LUGAR la demanda de privación de Patria Potestad en contra de los ciudadanos JUAN PAUL PÉREZ BARRIOS Y SONIA COROMOTO ARJONES, a tenor de lo pautado en los literales a, c y e del articulo 352 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
Segundo: Se acuerda la COLOCACION FAMILIAR de la adolescente Identidad omitida por Disposición de la Ley con los ciudadanos JACINTO ANTONIO ARIAS MARQUEZ y LUZMARY ALEJANDRA SÁNCHEZ BRIZUELA, quienes ejercerán su Responsabilidad de Crianza y por solicitud de la adolescente, cuya opinión debe ser tomada en cuenta por tener 17 años de edad y por tratarse de asunto de su competencia, constando ad.....