Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos decretada por este Tribunal en fecha 10 de febrero de 2009, de los ciudadanos JORGE NICOL KHAYAT y CARMEN DORA TORRES DURAN, suficientemente identificados en autos. En consecuencia, y de conformidad con el artículo 184 del Código Civil, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los referidos ciudadanos por ante la por ante Juzgado Segundo del Municipio Guanare del estado Portuguesa, en fecha 26 de abril de 2007, según acta número 06.
De acuerdo con lo convenido por las partes en la solicitud de separación de cuerpos, que el niño ........................., estará bajo la custodia de la madre, en cuanto a la Patria Potestad y Responsabilidad de Cri.....