DISPOSITIVA
En virtud y fuerza de lo anteriormente expuesto, el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el Parágrafo Segundo Literal "e" del Artículo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana MARIA JOSEFINA CAMACHO DE SANABRIA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-8.000.050, actuando como madre y en representación de su hija la adolescente (SE OMITE EL NOMBRE POR DISPOSICION LEGAL), hoy de Dieciséis (16) años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-26.940.516, para que retire y cobre las cantidades de dinero por motivo de var.....