DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos y sus fundamentos, éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA- EXTENSIÓN ACARIGUA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio intentada por los ciudadanos: RAMON ADOLFO BRICEÑO TORRES y ZORAYA RAMONA MORA ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. N° V-10.153.881 y Nº V-12.965.060, respectivamente, fundamentada en sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia de fecha 02 de junio de 2015, Exp. N° 12-1163 y de conformidad con el artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que une a los antes identificados ciudadanos, el cual .....