Por todo lo antes señalado éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con Competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección De Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Portuguesa - Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Divorcio intentada por la ciudadana: MARILIN DEL CARMEN RODRIGUEZ TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.753.795, en contra de su cónyuge JORGE LUIS SIRA ARRIECHI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.691.093, ambos identificados en autos, fundamentada en las causales segunda, tercera y sexta del artículo 185 del Código Civil.
En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que une a los identificados ciudadanos, el cual fue contraído en fecha 29 de Abril de 2003, por ante el Registro Civil del Municipio Páez del Estado.....