D I S P O S I T I V A
Por todas las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, sede Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana: CAROLINA ELENA FIGUERAS RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.867.954, contra el ciudadano SPEED ANTONIO GUERRA FERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.346.116, arriba identificados.
En consecuencia, se DECRETA LA COLOCACION FAMILIAR de la niña (SE OMITE), actualmente de un (01) año de edad, en el hogar de la ciudadana CAROLINA ELENA FIGUERAS RAMOS, residenciada en la Avenida 28, entre calles 06 y 07, casa N° 6-60 de Araure estado Port.....