D I S P O S I T I V A
Por todas las razones de hecho y de derecho éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO CON COMPETENCIA EN RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR, la demanda de OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION Y REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, intentada por el ciudadano AYAMAN KURIMAGUA ALMARIO ALDANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.138.955, en contra de la ciudadana ELVIMAR IVONNE ROMERO LUCENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-15.769.068, en beneficio de la niña se omite, de seis (06) años de edad.