Por todo lo antes señalado éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con Competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección De Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Portuguesa - Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda de Divorcio intentada por el ciudadano JORGE LUIS GUEVARA PEREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.088.100, en contra de su cónyuge MIREYA DEL CARMEN LINARES GUEDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 13.071.749 ambos identificados en autos, fundamentada en las causales segunda y tercera del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que une a los antes identificados ciudadanos, el cual fue contraído el 08 de Diciembre de 1998, por ante el Registro Civil del Municipio Araure, estado Portuguesa, Acta Nro. 313. Asimismo, por cuanto de conformi.....