D I S P O S I T I V A
Por todas las razones de hecho y de derecho éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con Competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de Manutención intentada por la ciudadana YESICA GERALDYN SANCHEZ CORDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.053.002, en contra del ciudadano CARLOS EDUARDO HERNANDEZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-19.170.833, en beneficio del niño se omite, actualmente de cinco (5) años de edad. En consecuencia, se fija la cantidad de UN MIL OCHOCIENTOS BOLÍVARES (BS. 1800) MENSUALES, por concepto de fijación de Obligación de Manutención, que representa aproximada.....