D I S P O S I T I V A
Por todas las consideraciones de hecho y de derecho este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con Competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Portuguesa - Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, intentada por la ciudadana: VANESSA CAROLINA ARAUJO MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 14.740.556 en contra del ciudadano: RUBEN REINALDO PEREZ MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.963.223,, en beneficio de sus hijos se omiten , actualmente de quince (15), doce (12) y nueve (9) años de edad. Y ASÍ SE DECLARA.
En consecuencia, el prenombrado ciudadano debe suministrarle a sus hijos la cantidad de Cuatro Mil Bolívares Mensuales (Bs.4000) por concepto.....