Por todo lo antes señalado éste Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Segundo Circuito de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR, la acción de NULIDAD DE PROCEDIMEINTO ADMINISTRATIVO DE INSCRIPCION DE PARTIDA DE ACTA DE NACIMIENTO, intentado por la ciudadana: SILVA GALINDEZ LISEDYS GRISELDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.563.578, en contra de las ciudadanas LILIBETH GIL y MARIA RAMONES, antes identificadas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 487 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal deja constancia que la audiencia de juicio celebrada en la presente causa no fue reproducida en forma audiovisual, por no contar este Tribunal con los medios necesarios para su reproducción.
Líbrese comunicación a la Coordinadora de Registro Civi.....