Por todas las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, sede Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana: CARMEN MODESTA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.294.434, contra el ciudadano OSCAR DARIO RODRIGUEZ LINAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.850.853, sin representación judicial conocida en autos. En consecuencia, se DECRETA LA COLOCACION FAMILIAR de los adolescentes (se omite identificación por disposición legal), en el hogar de la ciudadana CARMEN MODESTA SANCHEZ, residenciada en el Cerrito de Araure, Calle 4, Casa S/N, Araure, estado Portuguesa, la cual debe ser entendida.....