El primero de los nombrados ha convenido de mutuo acuerdo establecer en beneficio de sus hijos (identificación omitida por disposición de la Ley) , la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,00), los cuales entregará de la siguiente forma: PRIMERO: El padre entregará a la madre mediante recibo de pago los días quince (15) de cada mes la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,00) y los días treinta (30) de cada mes la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,00). SEGUNDO: En el mes de agosto, el padre se compromete a adquirir uniformes escolares, y calzado. La madre se compromete a adquirir los útiles escolares. TERCERO: En el mes de diciembre, el padre se compromete a adquirir vestido, calzado y un presente para el 24 de diciembre. La madre se compromete a adquirir calzado y vestido para el 31 de diciembre. CUARTO: Se comprometen ambos padres a cubrir los gastos de medicinas, atención médica, recreación y otros, en un cincuenta por ciento (50%) cada uno de ellos. Ahora bien, c.....