D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confiere la Ley y por cuanto no hubo oposición a la presente solicitud, DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas para asegurarle al ciudadano JOSÉ DANIEL CASTILLO NUÑEZ, y los ciudadanos ESTILITA LUCIA NUÑEZ (cónyuge), JOEL COROMOTO CASTILLO NUÑEZ, JOSÉ LUIS CASTILLO NUÑEZ, YOEL ERNESTO CASTILLO NUÑEZ, ZAIDA SORELIS CASTILLO NUÑEZ, BEZAIDA NORBELIS CASTILLO NUÑEZ y DARWIS NOEL CASTILLO NUÑEZ, previamente identificados, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSÉ COROMOTO CASTILLO, quien falleció ab-intestato en fecha 07 de julio del 2012, en esta ciudad de Guanare estado Por.....