PRIMERO: El padre se compromete a establecer como monto a la obligación de manutención la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) mensual, dicha cantidad será depositada en una cuenta de ahorros del Banco Mercantil a nombre de la madre de las niñas. SEGUNDO: El padre en el mes de agosto y diciembre, comprará los útiles y uniformes escolares, así como la ropa, calzado y regalo decembrino tanto del 24 como del 31 de diciembre para su hija, la niña (Identidad Omitida por Disposición de la Ley). TERCERO: La madre se compromete a comprar para el mes de agosto, así como para el mes de diciembre los útiles y uniformes escolares, el vestido, calzado y el regalo decembrino tanto del 24 como del 31 de diciembre para su hija, la niña (Identidad Omitida por Disposición de la Ley). CUARTO: Finalmente ambos padres se comprometen en proporción al cincuenta por ciento (50%) cada uno, a sufragar los gastos adicionales que requieran para cubrir las necesidades de sus hijas; tales como, medicina, c.....