Ahora bien, verificando como ha sido que la adolescente Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de 16 años de edad, se encuentra actualmente emancipada haciendo vida conyugal con el ciudadano Carlos Utriz, es por lo que esta Juzgadora considera inoficioso continuar una Colocación Familiar en su beneficio. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes se acuerda: REVOCAR la Medida de Protección de Colocación Familiar, dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa en fecha 24/01/2.011 en beneficio de la adolescente Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de 16 años.....