PRIMERO: La madre de la niña buscará en el domicilio del padre, todos los fines de semana los viernes a las 5:00 de la tarde y la regresa el domingo a las 7:00 de la noche. SEGUNDO: La niña Identificación omitida por Disposición de la Ley , de ocho (08) años de edad, en cuanto a la época decembrina, carnaval, semana santa y vacaciones escolares será compartido la mitad con el padre y la otra mitad con la madre, de manera alterna. Y yo, OSCAR ANTONIO BETANCOURT, en pleno uso de mis facultades declaro. Acepto el Régimen de Convivencia Familiar establecido. por cuanto dicho convenimiento no vulnera los derechos de la niña arriba identificada, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en Funciones de Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, LE I.....