D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confiere la Ley y por cuanto no hubo oposición a la presente solicitud, DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas para asegurarle a la ciudadana ANA GABRIELA FERNANDEZ VALIENTE, venezolana, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº 22.091.258, y la adolescente (identificación omitida por disposición de la Ley) , de quince (15) años, plenamente identificadas en la solicitud, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante FRANKLIN RAMON FERNANDEZ MORA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.050.948, quien falleció AB INTESTATO en fecha 22 de .....