DISPOSITIVA
En virtud y fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa, con sede en Guanare, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y Por Autoridad de la Ley DECLARA:
Primero: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa, sede Guanare; en fecha 12 de marzo de 2013. Y Así se Decide.
Segundo: SE REVOCA la sentencia apelada dictada por el Tribunal de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa con sede en Guanare. Y Así se Establece.
Tercero: Se fija el monto por Obligación de Manutención en la cantidad de SETECIENTOS BOLÍVARES (Bs. 700,00) mensuales, más un bono adicional al monto establecido de UN MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.400,00) en el mes de diciembre; así como en el mes de septiembre cuando el niño inicie su .....