III
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 27 de enero de 2015 por la Defensora Pública Segunda para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Abogada BELANGEL LECLAIR CAMACHO LUCENA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 44.439, actuando en defensa e interés de la niña IDENTIFICACIÓN OMITIDA POR DISPOSICIÓN DE LA LEY, de seis (06) años de edad, vista la solicitud interpuesta por la ciudadana CASSANDRA NAILA ESCOBAR CRISTANCHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.067.251, en el procedimiento de jurisdicción volun.....