Este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y Por Autoridad, por virtud de la incomparecencia de la parte recurrente en el presente asunto, DECLARA DESISTIDA la presente acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano A. D. J. C. en contra de la Abg. E. Á. de N, en su condición de Jueza de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Acarigua. Y Así se Declara.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Portuguesa, en Guanare, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil trece; a 203 años de la Independencia y 154 de la Federación.
LA JUEZA SUPERIOR,
Abg. MONICA FANZUTTO DIAZ
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA C. ALONSO
.....