DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Accidental 4º de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la presente inhibición propuesta por la abogada HAYDEE ROSA OBERTO YÉPEZ DE COLMENÁRES, en su condición de Jueza Primera de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare.
SEGUNDO: CON LUGAR la inhibición propuesta por la abogada HAYDEE ROSA OBERTO YÉPEZ DE COLMENÁRES, en su condición de Jueza Primera de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, por encuadrar la situación fáctica por esta se.....