este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Campo Elías del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN, realizada por las ciudadanas ANABEL MEDINA MÉNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 15.350.024 y ANA IRENE MENDEZ DE MEDINA, española, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número E-947.553 y del ciudadano JAVIER MEDINA MÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 9.404.887, representados judicialmente por el abogado Luis Javier Barazarte Sanoja, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 27.663.
SEGUNDO: Se MANTIENE VIGENTE, la medida cautelar decretada por este Tribunal, en fecha veintiséis (26) de octubre de 2011.
TERCERO: Se condena en costas a la parte opositora, por haber sido.....