este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: DECLARAR LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la Querella Interdictal Restitutoria, interpuesta por el ciudadano ELEAZAR OMAR QUINTERO GALÍNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.726.187 debidamente asistido por el abogado Osmiyer J. Rosales C, venezolano, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 58.347, en contra de los ciudadanos EVELIO GARCÍA, PEDRO RAMÓN HERNÁNDEZ y VALERIO OVIDIO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 3.598.468, 9.254.916 y 10.723.521, respectivamente.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular primero, se revoca la Medida de Secuestro dictada por el Juzgado de Primera Instancia.....