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D I S P O S I T I V A
Por todos los argumentos antes explanados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO suscrito por el ciudadano JOSÉ DOMINGO AGAMEZ MUÑIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.587.912, asistido por el abogado Rubén Darío Peña Colmenares, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 20.948.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, a los veintidós (22) días del mes de noviembre de dos mil doce (2012). Años 202° de la Inde.....