Hechas estas consideraciones considera quien aquí decide procede a verificar el acervo probatorio determinado en el presente procedimiento caracterizado por la falta de contestación de la demanda por el ciudadano JACINTO PÉREZ y las consecuencias probatorias que ello impone a las partes. En este sentido observa, que la parte demandada lejos de probar algo que le favoreciera adviene en su responsabilidad sobre el hecho dañoso que se le atribuye; quedando demostrado al ciudadano JACINTO PÉREZ como agente especifico del hecho ilícito determinativo de la responsabilidad extracontractual demandada. En el mismo sentido, se observa que la parte demandada, mediante la impugnación realizada a la "Inspección ocular y Técnica" realizada por funcionarios adscritos Ministerio del Poder Popular para la Agricultura Productiva y Tierras, Guanare, no logra desvirtuar el contenido del éste documento público administrativo, en razón de que determinativo de los parámetros del daño producido, en consecuenc.....