Por razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Y DEL MUNICIPIO JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el RECURSO DE HECHO interpuesto en fecha 02 de Octubre de 2013, por la EMPRESA AGROPECUARIA LOS SILITOS, C.A., debidamente representada por su Presidente el ciudadano: MARCOS ANTONIO VILLALTA MOREAN, con asistencia jurídica del abogado OSWALDO ALZURU HERRERA, parte recurrente, todos plenamente identificados en la narrativa de esta decisión.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.