Por todas las consideraciones antes expuestas; este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Y DEL MUNICIPIO JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano MARCOS PASTOR FRÍAS MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-3.324.999, debidamente asistido por las profesionales del derecho ciudadanas: MARVELIS RAFAELA LUGO y MORAIMA YANETH BERMÚDEZ FLORES, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros.: 154.803 y 160.697 correlativamente, contra la sentencia de fecha siete (07) de Enero de 2013, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano.....