En relación a las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del Estado Trujillo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, imparte su HOMOLOGACIÓN al desistimiento de la apelación, interpuesto en el presente expediente por la Abogada ANIVETTE MÚJICA DE SÁNCHEZ, en su condición de Coapoderada Judicial de la Asociación de Productores de Semillas Certificada de los Llanos Occidentales (APROSCELLO), en la presente causa; en consecuencia, procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Una vez quede definitivamente firme la presente decisión, remítase el presente expediente al Tribunal de Origen.