Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del Estado Trujillo, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación, de fecha 12-12-2017, interpuesto por el profesional del derecho ciudadano Henrry Mosquera Hidalgo, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante ciudadana Dunnia María León de Amaro, antes identificados, contra el auto decisorio de fecha 06-12-2017, dictado por el Juzgado A quo.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha 06-12-2017, dictada en Primera Instancia, en la cual se declaró Improcedente la impugnación de los instrumentos poder presentados por la abogada Lilian Mercedes Escalona Yaguas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 63.278, representante judicial de las ciudadanas Suj.....